Seguro De Ahorro

¿Por qué disponer de un seguro de Ahorro?


Un Seguro de Ahorro es una opción sencilla y segura que le permitirá generar un ahorro a futuro y con garantía de interés.

Es de vital importancia disponer de un buen asesoramiento para poder crear un capital adicional como complemento a la Seguridad Social para su jubilación o para sacar rendimiento a su capital.

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Tenemos el seguro a su medida

En Finanzas Hernández Martínez mediamos entre los usuarios y las aseguradoras, asesorando a nuestros clientes sobre el tipo de seguros que le interesa contratar y con qué compañía hacerlo, comparando precios, coberturas y ofertas. Queremos que siempre contrate el seguro que mejor se adapte a sus necesidades y con la compañía que le proporcione las condiciones más ventajosas.


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Diseñamos un seguro de ahorro totalmente personalizado con una amplia gama de coberturas que se adaptan a todas sus necesidades.

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La finalidad de los seguros de ahorro es lograr una rentabilidad sobre la prima depositada en la entidad aseguradora para constituir a la fecha de jubilación o de vencimiento del seguro, un capital que el asegurado recibirá de forma única o de renta en caso llegar vivo a esa fecha.

Los seguros de ahorro le ofrecen distintas modalidades para ahorrar de forma periódica con una rentabilidad garantizada y también para invertir sus ahorros con la garantia de un capital de fallecimiento.

Existen diferentes modalidades de este tipo de seguros: Plan individual de ahorro sistemático (PIAS), Planes de previsión asegurados (PPA), Seguros individuales de ahorro a largo plazo (SIALP), Seguros de rentas vitalicias y los Seguros de ahorro inversión.

Plan individual de ahorro sistemático (PIAS)

Un tipo de Seguro de Ahorro a largo plazo con el que se garantiza una renta vitalicia anual al tomador si vive a una determinada edad establecida en el contrato. Eso sí, la figura del tomador, asegurado y beneficiario de la cobertura de supervivencia deben ser la misma persona.

El objetivo de los PIAS es generar ahorro con aportaciones recurrentes cada año, aunque éstas no pueden superar el límite anual de 8.000 euros. Además, el importe total de las primas pagadas acumuladas debe ser inferior a los 240.000 euros. Si algún año no se hacen aportaciones, no pasa nada. No se requiere que se hagan aportaciones todos los años.

El tratamiento fiscal de los Planes Individuales de Ahorro Sistemático es muy ventajoso, siempre y cuando el ahorro acumulado se cobre en forma de renta vitalicia y que hayan pasado al menos cinco años desde que comenzaron las aportaciones. Si se cumplen estas condiciones, el capital acumulado estaría exento de pagar impuestos


Planes de previsión asegurados (PPA)

Seguros individuales de ahorro a largo plazo, que tienen un régimen jurídico y fiscal similar al de los planes de pensiones.

Su finalidad principal es complementar la jubilación del asegurado, aunque también cubre contingencias previstas en la normativa reguladora de planes y fondos de pensiones, como el fallecimiento, incapacidad laboral permanente y situaciones de dependencia

Su principal característica es que garantiza al titular un tipo de interés y un capital cierto a la fecha de vencimiento de la garantía, que suele coincidir con el inicio de la jubilación del asegurado.


Seguros individuales de ahorro a largo plazo (SIALP)

Ofrecen una rentabilidad sobre las aportaciones, que no deben superar los 5.000 euros anuales, y el plazo para recuperar el capital es de al menos 5 años. Además, los SIALP garantizan la percepción al vencimiento de, al menos, un capital equivalente al 85% de las aportaciones.

En caso de precisar liquidez, se puede rescatar totalmente el capital del Seguro o solicitar la movilización íntegra a otro SIALP.

Si el asegurado respeta el plazo establecido de al menos 5 años y cumple con el límite de aportación de 5.000 euros anuales, estarán exentos de tributación los rendimientos generados hasta la fecha del rescate.


Seguros de rentas vitalicias

Garantizan al asegurado que recibirá una renta periódica, a partir de un plazo establecido, durante los años que le resten de vida. La renta se puede adaptar a las características familiares del asegurado, y se puede combinar con prestaciones adicionales en caso de fallecimiento o devolución de aportaciones.

La contratación de un seguro de renta vitalicia establece el pago de una única aportación de capital (prima única) o de varias aportaciones. Con esto el asegurado recibirá una renta periódica vitalicia mensual, trimestral o anual (revalorizable o no) cuya cuantía dependerá del capital total aportado y la rentabilidad del propio Seguro.


Seguros de ahorro inversión

Están vinculados a fondos y el tomador asume el riesgo de la inversión. Es decir, el resultado de la inversión realizada a través de estos productos determinará el capital aportado al Seguro de Vida. Eso sí, una parte de la aportación anual que se hace a este tipo de Seguro deberá destinarse forzosamente al pago de la prima.

El tomador invierte el capital del Seguro de Vida y designa los activos en los que quiere invertir. La aseguradora sustenta la titularidad de estos activos y los asigna a la póliza contratada.

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